Vender una vivienda en Navalcarnero implica no solo encontrar al comprador ideal, sino también cumplir con todas las obligaciones fiscales derivadas de la operación. Conocer qué impuestos se pagan al vender una casa y cómo gestionarlos correctamente puede marcar la diferencia entre una venta rentable y un proceso lleno de imprevistos.
En Grupo Inmobiliario Darek, con oficinas en Alcorcón (Calle Mayor, 6) y Fuenlabrada (C/ de Móstoles, 50), ayudamos a los propietarios de toda la zona sur de Madrid —incluido Navalcarnero— a vender su vivienda con seguridad, asesoramiento personalizado y gestión integral de todos los trámites, incluidos los impuestos.
A continuación, te explicamos qué impuestos debes pagar al vender una vivienda en Navalcarnero, cómo se calculan y qué excepciones puedes aprovechar.
Impuestos que debes pagar al vender una vivienda en Navalcarnero
Vender un inmueble en España conlleva el pago de varios impuestos, tanto a nivel municipal como estatal. En Navalcarnero, como en el resto de la Comunidad de Madrid, los principales son los siguientes:
1. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal)
La plusvalía municipal es un impuesto que cobra el Ayuntamiento de Navalcarnero y grava el incremento de valor del terreno urbano desde que se adquirió la vivienda hasta que se vende.
Aspectos clave:
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Quién lo paga: Habitualmente lo paga el vendedor, salvo que se acuerde lo contrario en el contrato de compraventa.
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Cómo se calcula: El cálculo depende del valor catastral del suelo y de los años transcurridos desde la compra.
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Exenciones:
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Si vendes con pérdidas (es decir, a un precio inferior al de compra), puedes solicitar la exención total de la plusvalía municipal.
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Si la venta es fruto de una herencia reciente o de una dación en pago, también pueden aplicarse reducciones o exenciones específicas.
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Ejemplo orientativo:
Si compraste tu vivienda en 2005 por 150.000 € y la vendes en 2025 por 210.000 €, el Ayuntamiento calculará el impuesto sobre el valor del terreno, no sobre el precio total, aplicando un coeficiente regulado por ley.
En Grupo Darek te ayudamos a comprobar si realmente debes pagar este impuesto o si puedes acogerte a alguna exención.
2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF grava la ganancia patrimonial que obtienes con la venta de tu vivienda. En términos sencillos, Hacienda considera que has ganado dinero si el precio de venta supera el precio de compra.
Cómo se calcula:
Se resta al precio de venta el valor de adquisición (lo que pagaste por la vivienda más los gastos e impuestos de la compra). El resultado es la ganancia patrimonial, sobre la cual se aplican los siguientes tipos impositivos:
| Ganancia obtenida | Tipo aplicable IRPF 2025 |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
| Más de 200.000 € | 27 % |
Ejemplo práctico:
Si ganaste 30.000 € tras vender tu piso, Hacienda te retendrá el 21 % de ese importe, es decir, unos 6.300 €.
Exenciones posibles:
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Si la vivienda vendida era tu vivienda habitual y reinviertes el importe en otra vivienda habitual, estás exento de pagar IRPF por esa ganancia.
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Si eres mayor de 65 años y vendes tu vivienda habitual, no tributas por el IRPF.
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También existen beneficios fiscales si inviertes la ganancia en un plan de renta vitalicia.
3. Gastos notariales y registrales
Aunque no se consideran impuestos, son gastos administrativos asociados a la formalización de la venta:
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Gastos de notaría: por la escritura pública de compraventa.
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Gastos de registro: si hay que inscribir alguna cancelación de hipoteca o actualización del título.
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Honorarios de gestoría: si se recurre a un gestor profesional para tramitar los pagos o liquidaciones.
En Grupo Darek nos encargamos de coordinar estas gestiones para que el proceso sea ágil y transparente.
Excepciones y reducciones fiscales al vender una vivienda en Navalcarnero
A veces, el pago de impuestos puede reducirse significativamente o incluso eliminarse si se cumplen ciertas condiciones.
Exención por reinversión en vivienda habitual
Si vendes tu vivienda habitual y utilizas el dinero obtenido para comprar otra vivienda habitual en un plazo máximo de dos años, no tendrás que pagar IRPF por la ganancia obtenida.
Exención para mayores de 65 años
Los vendedores mayores de 65 años están exentos de pagar IRPF si venden su vivienda habitual. Además, pueden evitar la tributación si destinan la ganancia a una renta vitalicia, con un límite máximo de 240.000 €.
Venta con pérdidas
Si vendes tu vivienda por debajo del precio de compra, no deberás pagar la plusvalía municipal. Deberás presentar una solicitud y justificar la pérdida con la escritura de compra y la de venta.
Deducción de gastos asociados
Al calcular el IRPF, puedes deducir ciertos gastos, como:
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Honorarios de la agencia inmobiliaria.
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Gastos de notaría, registro y gestoría.
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Costes de reformas o mejoras documentadas.
Cómo evitar errores al liquidar los impuestos
Gestionar los impuestos tras vender una vivienda no es complicado si se sigue una metodología clara:
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Reúne toda la documentación: escrituras, recibos del IBI, certificado energético y facturas de gastos de compraventa.
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Calcula correctamente la ganancia patrimonial. No te bases solo en el precio de compra y venta; incluye gastos y mejoras.
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Comprueba si puedes aplicar alguna exención antes de presentar la declaración.
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Liquida la plusvalía municipal dentro del plazo (30 días hábiles tras la firma).
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Guarda toda la documentación durante al menos 4 años, por si Hacienda realiza comprobaciones posteriores.
En Grupo Darek acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso para que no cometan errores al declarar y puedan beneficiarse de todas las deducciones posibles.
Preguntas frecuentes sobre los impuestos al vender una vivienda en Navalcarnero
¿Cuánto tiempo tengo para pagar la plusvalía municipal?
Dispones de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura de compraventa para presentar la autoliquidación en el Ayuntamiento de Navalcarnero.
¿Puedo vender mi vivienda con hipoteca pendiente?
Sí, se puede. La hipoteca se cancela en el momento de la firma con parte del importe de la venta.
¿Debo pagar impuestos si no he obtenido beneficio con la venta?
No. Si el precio de venta es inferior o igual al de compra, puedes solicitar la exención de la plusvalía municipal y no tributar por IRPF.
¿Qué pasa si la vivienda era compartida?
Cada propietario paga los impuestos correspondientes a su porcentaje de titularidad sobre la vivienda.
Vende tu vivienda en Navalcarnero con el apoyo de Grupo Darek
Vender una vivienda implica mucho más que cerrar un acuerdo económico: requiere gestionar correctamente la documentación y los impuestos para evitar imprevistos.
En Grupo Inmobiliario Darek nos encargamos de:
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Realizar la valoración gratuita de tu vivienda.
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Gestionar toda la documentación y los impuestos de venta.
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Asesorarte sobre exenciones y deducciones fiscales aplicables.
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Acompañarte hasta la firma en notaría con total transparencia.
Si estás pensando en vender tu casa en Navalcarnero, contacta con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte a maximizar el beneficio de tu venta con la tranquilidad de trabajar con una agencia de confianza.
